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¿ASISTIREMOS EN 2024 AL FINAL DE LA GOLDEN VISA EN ESPAÑA?

En los últimos meses, el Permiso de inversor, comúnmente conocido como Golden Visa, ha sido objeto de innumerables debates, tanto a
nivel nacional como internacional, siendo muchos los que aseguran que su final en España es inminente. 

Este permiso de residencia se diferencia del resto de permisos que se conceden a extranjeros por los diversos beneficios que brinda tanto al solicitante como a sus familiares, además de las facilidades que ofrece para su obtención. 

En este análisis, examinaremos los elementos que lo hacen atractivo y los factores que parecen acercarnos al fin de la concesión del Permiso de inversor.

INTRODUCCIÓN

La Golden Visa se incorpora al conjunto de normas de derecho de extranjería en España como uno de los permisos establecidos en la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, publicada en 2013 durante la legislatura del presidente Mariano Rajoy, como parte de un plan destinado a estimular la economía. El objetivo era incentivar la creación y el desarrollo de empresas, al tiempo que se buscaba atraer una mayor inversión extranjera.
Según datos del Ministerio de Seguridad Social y Migraciones, entre los años 2013 y 2022 se han registrado un total de 17.792 Permisos de residencia concedidos en España a ciudadanos extracomunitarios y 5.409 visados a cambio de inversiones. De esta cifra, la gran mayoría de permisos se recibió por una inversión inmobiliaria (95%), encabezando el listado los ciudadanos chinos, seguido de los rusos y los ucranianos.
No obstante, la vigencia del Permiso de inversor se ve cada vez más amenazada, enfrentándose a la oposición de la mayoría de los Estados Miembros de la comunidad europea, así como a la crítica desfavorable de la Comisión Europea respecto a su implementación.

PRIVILEGIOS DE LA GOLDEN VISA

Los Permisos de residencia recogidos en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización destacan, de entre los demás permisos, por contar con una serie de factores que agilizan su tramitación y allanan su obtención.
En primer lugar, el plazo de resolución de estas solicitudes que se presentan ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos es de 20 días hábiles, siendo el silencio administrativo positivo.
Tras la publicación de la Ley de Startups (Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes), la vigencia del Permiso de Residencia inicial ha dejado de ser de 2 años y se ha aumentado a 3 años, siendo la renovación por otros 2 años.
Al titular del Permiso se le autoriza a ir a acompañado de sus familiares, concediéndoles un Permiso de residencia con el mismo periodo
de validez, y se les habilita a realizar cualquier actividad laboral, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
Así, es importante destacar que, a diferencia de los Permisos de residencia temporales contemplados en el Reglamento de Extranjería, no se requiere una estancia en territorio español superior a 6 meses para obtener la consideración de residente. Basta con que el titular del permiso visite España al menos una vez al año, siendo esta una cuestión que adquiere mucha relevancia a efectos de solicitar la nacionalidad.
De esta forma, existen numerosos aspectos que lo distinguen de otros permisos contemplados en la normativa de extranjería, los cuales
suelen verse afectados por innumerables demoras, falta de certidumbre en la tramitación y decisiones discrecionales.

POSICIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA

Cada vez son menos los países que mantienen entre su normativa este tipo de permisos, cuestionando su transparencia y su seguridad jurídica.
En 2019 la Comisión Europea presentó un Informe sobre los Regímenes de ciudadanía y residencia para inversores en la Unión Europea, señalando entre sus conclusiones que estos regímenes suponen un riesgo para los Estados Miembros, “en términos de seguridad, blanqueo de capitales, corrupción, elusión de las normas de la UE y evasión fiscal”. No obstante, no terminó de prohibir la existencia de estos, sino que se planteó intensificar la supervisión de las medidas implementadas por los Estados Miembros para asegurar la transparencia y la gobernanza en la aplicación de estos regímenes.
Asimismo, fueron varios los países que han optado por cancelarlo o suprimirlo, como el reciente caso de Portugal, que puso fin al régimen de las Golden Visas en febrero de este año 2023, con el objetivo de “combatir la especulación inmobiliaria”.
De esta forma, España se posiciona, junto a Grecia, Malta y Bulgaria, a favor de la permanencia de estos permisos, pese a las recomendaciones de la Comisión Europea.
Así, destacamos la Recomendación del 28 de marzo de 2022, iniciada ya la Guerra de Ucrania, en la que la Comisión insta a los Estados Miembros a que deroguen inmediatamente todos los regímenes de ciudadanía para los inversores existentes, en el contexto de las restricciones contra Rusia. El Estado español optó por suspender los visados de inversor para los nacionales rusos, pero no los Permisos de residencia para inversores; subrayando que, para la consecución de un Permiso de residencia, el extranjero debe encontrarse ya en territorio español, a diferencia del visado, que se solicita desde el país de origen, en este caso, Rusia.

OPOSICIÓN Y PROPUESTA DE MÁS PAÍS

El debate sobre estos Permisos de residencia y visados de inversor se ha intensificado, en parte, debido a la Proposición de Ley presentada en febrero de 2023 por el partido político Más País.
El líder de Más País, Iñigo Errejón, presentaba esta Propuesta de modificación de la Ley de 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización, focalizándose principalmente en un tipo de permiso, en el de la inversión inmobiliaria.
El partido insiste en la eliminación de la posibilidad de obtener un Permiso de residencia mediante la adquisición de una propiedad
inmueble con un valor mínimo de 500.000 euros, libre de cargas y gravámenes. Pues, considera que estos permisos fomentan la especulación de los precios de la vivienda, no benefician la economía nacional y solo expulsan a la población local.
Bajo esta premisa, Más País propone que, en caso de que no se contemple una eliminación directa de este apartado de la Ley, se proceda a una nueva redacción, elevando la cuantía mínima de la inversión para acceder a este tipo de Residencia especial. Por ahora, ni se han registrado cambios en la Ley 14/2013 ni se han publicado avances de esta Propuesta.
De esta manera, es importante señalar que no se persigue la eliminación total de esta figura, como ha sucedido en Portugal; más bien, se mantendría el acceso a este tipo de permiso a través de las otras vías, con la excepción de la inversión inmobiliaria por un valor mínimo de 500.000 euros.

CONCLUSIÓN

Uno de los principales objetivos que perseguía la publicación de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internalización era incentivar y atraer capital extranjero a una economía que se ha estado caracterizando por la escasa flexibilidad normativa para el emprendimiento y por una constante obstaculización a la inversión.
Numerosos son los elementos que distinguen a estos Permisos de la Ley de Emprendedores de otros, confiriéndoles un carácter especial y preferente. No obstante, estos tienen una serie de peculiaridades, por las que no conviene hacerles inaccesibles, ya que pueden terminar alejando definitivamente la inversión extranjera de España.

“Las leyes siempre han estado en continua evolución, ajustándose a las necesidades de cada época y a las demandas de los ciudadanos. En este sentido, no se puede pasar por alto la notable posibilidad de que el Ejecutivo termine implementando las medidas que considere necesarias, a fin de preservar un permiso cada vez más puesto en tela de juicio.”


Yvonne Carballo
Abogada Asociada Senior

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